Aparcar en Madrid Central: Guía actualizada 2023

calle de Madrid centro

La antigua Madrid Central actualmente se divide en dos zonas de bajas emisiones como parte del Plan Madrid 360: Madrid Centro y Madrid Centro y la ZBEEP de Baja Elíptica. En la ZBEEP, no hay restricciones y todos los vehículos pueden circular libremente, aunque los vehículos con pegatina B y C no podrán aparcar dentro. En el caso de Madrid Central, estos vehículos podrán circular hasta diciembre de 2023.

EtiquetaCircularEstacionar
B y C

Madrid Centro y ZBEEP

Parking públicos y privados, exceptuando Zona SER hasta diciembre 2023
Etiqueta ECO     ✓ Sin restricciones y máximo de dos en Zona SER 
Etiqueta CERO     ✓
Sin etiquetaProhibido Madrid Centro, salvo residentesProhibido Madrid Centro, salvo residentes

Pegatinas B y C

Los vehículos que porten las pegatinas B y C pueden estacionar en los parkings públicos y privados de Madrid Central, pero tienen prohibido aparcar en zona verde y azul. Sin embargo, deberás prestar atención a los protocolos de contaminación, ya que en determinados escenarios, podría limitarse el acceso. Aunque el objetivo es que estos vehículos dejen de tener acceso a Madrid Central, el Ayuntamiento de Madrid aprobó una moratoria para dar margen a los titulares de estos vehículos. Así, podrán circular hasta el 31 de diciembre de 2023.

Los vehículos con etiqueta C son los siguientes:

  • turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados desde enero de 2006, o diésel matriculados desde de enero de 2014.
  • Vehículos de más de 8 plazas y vehículos pesados de gasolina o diésel matriculados a partir de 2014.
  • Motocicletas matriculadas a partir de 2007.

Los vehiculos con etiquetas B son:

  • Turismos y furgonetas de gasolina matriculados a partir de enero del año 2000.
  • Turismos y furgonetas de diésel matriculados partir de enero de 2006.

Pegatinas CERO

Pueden estacionar en parkings públicos, privados, zona verde y azul y pueden circular libremente por todo Madrid sin necesidad de obtener ninguna autorización. Además, podrán aparcar de manera iliminada.

La etiqueta 0 de la DGT se asigna a vehículos registrados como vehículos eléctricos de batería, vehículos eléctricos de autonomía extendida, vehículos eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros, y vehículos de pila de combustible. En cuanto a los híbridos enchufables, la DGT está considerando cambios en la concesión de la etiqueta 0, pero aún no ha tomado una decisión al respecto.

 

Pegatinas ECO

Pueden cicular sin restricciones y aparcar en la zona SER un máximo de dos horas. Pasado ese tiempo, deberán desplazarse a un parking público o privados. 

Estos vehículos son, en su mayoría, híbridos enchufables, vehículos híbridos no enchufables con emisiones bajas, y vehículos propulsados por gas natural comprimido o gas licuado del petróleo que cumplen con los estándares de emisiones Euro 6.

 

Vehículos sin etiqueta

Los vehículos con etiqueta no pueden entrar en Madrid Central, salvo que pertenezca un residente. En este caso, tendrán permiso para circular y aparcar en Madrid Central hasta el año 2025, cuando no podrán circular en ninguna parte que engloque el término municipal de Madrid.

En el caso de los no residentes, se prohíbe la circulación en todo el término municipal de madrid desde el 1 de enero de 2024.

Anteriores blogs

Servicio de atención al cliente

¿Tienes alguna pregunta o problema con tu reserva?

Seguro y protegido
timo waving